Nueva ley de alquileres. Ley N° 27.551

03.07.2020

Artículo sobre la nueva Ley de alquileres.

A partir del 01 de julio comenzó a regir para la locación de inmuebles la ley 27.551, modificadora del Código Civil y Comercial.
Esta normativa, establece nuevas reglas para los contratos de locación. Las modificaciones más relevantes de la ley son las siguientes:

  • Duración de contrato: El plazo mínimo legal se extiende a 3 años.
  • Expensas extraordinarias: Las mismas pasan a ser gastos a asumir por el locador.
  • Depósito y garantía: El mes anticipado, como también el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente de un mes de alquiler.
  • Depósito: El reintegro del mes de garantía debe ser en efectivo, pagarse al momento de la restitución del inmueble y al valor del último mes de alquiler.
  • Regula reintegros de gastos realizados por el locatario que deben ser asumidos por el locador.
  • Garantías: El locatario podrá proponer al menos dos alternativas de garantías entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza, o garantía personal.
  • Actualización de los precios: En la fijación del valor de los alquileres, sólo se admiten ajustes anuales, que deben seguir un índice conformado en partes iguales por el IPC (Índice de Precios al Consumidor) y el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
  • Se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante el AFIP.
  • La Ley establece métodos alternativos de resolución de conflictos.

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